QUITO, Ecuador – Según la veinteava constitución del Ecuador; “El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente.” Artículo 275 de la Constitución vigente del Ecuador. En este artículo[1] se analizará la planificación estatal del régimen de desarrollo y lo que implica para el desenvolvimiento de nuestras actividades económicas diarias. En Ecuador han existido varios gobiernos, durante los 179 años de […]